Proteger o No Proteger ?? Esa es la pregunta…
Hay dos corrientes de opinión a este respecto:
Una sostiene que lo que se inventa es un aporte a la humanidad
y por ello no debe protegerse su propiedad intelectual y/o
industrial para que todo el mundo pueda beneficiarse con ella.
Si usted lo piensa así, trabaje tranquilo.
Otras personas piensan que lo que se crea tiene una inversión
en pesos y trabajo de parte de su creador y por consiguiente
tiene derecho a que esta inversión le reditúe.
Si este es su caso y su creación es un invento,
una solución a un problema de la técnica,
debe proteger la propiedad industrial en el
Instituto de Propiedad Industrial del Ministerio de Economía- I N A P I
Las dos modalidades más usuales son:
En ambos casos se debe presentar una solicitud a través
de un formulario y un escrito que contenga:
-
resumen,
-
memoria descriptiva,
-
dibujos (si corresponde) y
-
reivindicaciones,
-
pagar un derecho.
Si las instrucciones de la web de INAPI le resultan muy complejas,
puede enviar sus dudas por mail al Presidente de la
Corporación de Inventores de Chile
Si su creación es un software, intelectual, o algo más artístico,
entonces debe proteger la propiedad intelectual en el
Registro de Propiedad Intelectual:
DDI- DEPARTAMENTO DE DERECHOS INTELECTUALES
En este caso se deben presentar
- 3 Ejemplares del trabajo que desea proteger
- Llenar un Formulario
- Pagar un derecho.
Esta sección está auspiciada por:
Corporación de Inventores e Innovación Tecnológica de Chile